Natalia Alvarado de Appleseed y Consuelo Castro de CENLADE nos explican los temas generales que cambian con la reforma fiscal para las donatarias autorizadas. Recomendamos consultar este webinar y el taller: .
Secciones:
- 7:30 Modificación de las causales de revocación
- 9:54 Acciones a tomar
- 10:30 Declaratoria de pertenencia a otras organizaciones
- 12:06 Tener el calendario de las obligaciones
- 15:14 Organizaciones que deberán solicitar la donataria
- 22:07 Eliminación de la deducibilidad de erogaciones en zonas sin servicios financieros
- 27:46 Límite a ingresos relacionados con el objeto autorizado
- 35:01 Retroalimentación
- 36:15 12 meses para recuperar la donataria por las otras causales
Preguntas de los participantes:
- 37:18 ¿La lista negra B69 incluye personas físicas y morales?
- 37:44 ¿A qué donataria se donarán los bienes en caso de revocación?
- 38:08 ¿Cuáles son las reglas en caso de donar los bienes a otra donataria?
- 39:39 Dentro de las actividades del objeto social, ¿estarían los eventos autorizados como lotería, torneos de golf, etc si en estos se emiten recibos de donativo?ç
- 43:21 Si una institución constituyera una empresa para no superar el 10%, ¿La nueva empresa podría deducir el 7% de las utilidades del año anterior?
- 46:15 Los gastos superiores o inferiores a 2000 sean a través de cheque
- 47:45 ¿Se puede tener una cuenta de inversión?
- 49:01 ¿Si una persona física está en la lista negra y es parte de nuestro gobierno también podemos perder nuestra donataria?
- 49:56 Ejemplo de rebasar los ingresos del 50%
- 53:41 Diferencia entre objeto social en los estatutos y objeto autorizado
- 55:36 Las ventas con causa no es un donativo
- 56:36 ¿Cómo se entera el SAT de nuestros ingresos?